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Nueva disposición sobre recetas médicas: solo electrónicas desde septiembre
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Nueva disposición sobre recetas médicas: solo electrónicas desde septiembre

27 de julio de 2025
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La Resolución 2214/2025 del Ministerio de Salud establece que a partir del 1 de septiembre solo se aceptarán recetas electrónicas o digitales.

Estimado/a afiliado/a:

De acuerdo con la Resolución 2214/2025 del Ministerio de Salud de la Nación, le informamos que a partir del 01/09 se aceptarán únicamente recetas electrónicas/ digitales para todas las indicaciones médicas, tales como:

Todas las prescripciones deberán generarse a través de plataformas digitales debidamente registradas.

Cada receta dispondrá de una Clave Única de Identificación (CUIR) para garantizar su validez y trazabilidad.

Ejemplo:

receta
  • Medicamentos
  • Estudios y prácticas médicas
  • Procedimientos y dispositivos médicos

La receta digital deberá contener obligatoriamente los siguientes datos:

  • Nombre y apellido del/la paciente
  • Número de CUIL del/la paciente OBLIGATORIO
  • Fecha de nacimiento
  • Sexo
  • Cobertura (Nombre de la Obra social y plan)
  • Detalle de los medicamentos, estudios o procedimientos indicados
  • Diagnostico
  • Datos completos del profesional prescriptor (nombre, matrícula y especialidad)
  • Fecha de emisión
  • Clave Única de Identificación de Receta (CUIR)
  • Firma digital del profesional

IMPORTANTE: Al momento de enviar la receta para su autorización, el/la afiliado/a deberá reenviar el link original que le envía su médico. De esta forma podremos validar la orden.

Para consultas o más información sobre cómo utilizar la receta electrónica, puede comunicarse con nosotros por los canales habituales de atención.

Trabajamos día a día para brindarle un servicio ágil, seguro y moderno.

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